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Ley de Malhechores 

Con fecha 5 de julio del 2016, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 20.931, que “Facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos”, conocida también como Ley Agenda Corta 2.

Esta ley introdujo muchísimas modificaciones en el Código Penal, Código Procesal Penal y en otras leyes especiales, vinculadas a la persecución de delitos que afectan al patrimonio.

Entre ellas, agravó las penas aplicables por los delitos que afectan al patrimonio (Robos con Violencia, Intimidación, Sorpresa, Lugar Habitado, Lugar No Habitado,  Cajeros Automáticos, Abigeato, Receptación y determinados hurtos). También limitó la obtención de beneficios al cumplimiento de las penas, dió facultades amplias a las policías para investigar, y autorizó el control preventivo de identidad.

Sin embargo, esta ley eliminó una agravante del artículo 456 bis del Código Penal: que un robo o un hurto fuese cometido por dos o más malhechores.

¿Qué puede hacer una persona que ha sido condenada con esta agravante? 

Para beneficiarse de la derogación de esta agravante, es necesario:

 

·    Haber sido condenado por robo o hurto; y

·    Que se haya aplicado la agravante de pluralidad de malhechores.

Si se cumplen estos requisitos, se puede solicitar al tribunal competente que se adecúe la pena, o en otras palabras, que se reduzca el tiempo de condena puesto que la pluralidad de malhechores ya no es una agravante en la comisión de un robo o un hurto.

Es importante aclarar que, en virtud del artículo 19 Nº 3 de la Constitución, y del artículo 18 del Código Penal, la derogación beneficia tanto a quienes fueron condenados con anterioridad a la Ley Nº 20.931, como a los que han sido o sean condenados después de su publicación.

 

¿Me pueden negar la solicitud de adecuación de la pena?

No.

 

El tribunal está obligado a escuchar esta petición, pero puede decidir si otorgar la debajara de la pena, o no.

¿La solicitud de adecuación significa automáticamente una rebaja de la pena?

No.

 

En este nuevo escenario, el tribunal está obligado a pronunciarse – y, por ende, a fundamentar – si decide efectuar o no una rebaja de pena bajo el mínimo legal y, en su caso, cuánto decide rebajar.

¿Qué beneficios se pueden obtener?

 

En el evento de acogerse la petición:

·    El Tribunal puede disminuir el monto de la pena ( se reduce el tiempo de condena);

·    El Tribunal puede  pronunciarse sobre la procedencia o no de beneficios para el cumplimiento de la pena al tenor de la  Ley · Nº 18.216, es decir ver si procede la Remisión Condicional de la Pena, Reclusión parcial domiciliaria nocturna, Libertad Vigilada Simple o Intensiva;

·    Se pueden solicitar beneficios intrapenitenciarios (otorgados por Gendarmería) , al obtener rebaja de tiempo de condena.

Soluciones Legales Viña del Mar ofrece asesoría y representación judicial para solicitar la adecuación de la pena, ofreciendo confidencialidad y facilidades de pago. Por favor no dude en contactarnos.

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