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7 Norte Nº 645, Of. 1002
Viña del Mar

Cobro de facturas y cheques impagos

Abogado responsable: Javier Díaz Gurruchaga · Actualizado en

Entregó la mercadería o prestó el servicio, emitió la factura y el cliente no paga. La Ley 19.983 fija un plazo máximo de pago, hace correr intereses desde el atraso y permite cobrar la factura en un juicio ejecutivo, con embargo de bienes, si cumple ciertos requisitos.

Cobramos facturas, cheques y otras deudas de empresas en Viña del Mar, Valparaíso y Quilpué: revisamos los documentos, enviamos la cobranza y, si no hay pago, demandamos.

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Plazo de pago e intereses

Cuándo la factura queda aceptada

La factura se tiene por irrevocablemente aceptada si el cliente no la devuelve al recibir la mercadería ni reclama de su contenido o de la falta de entrega dentro de ocho días corridos desde que la recibe (artículo 3).

Cuándo se puede cobrar en juicio ejecutivo

La copia de la factura tiene mérito ejecutivo si (artículo 5):

Cumplidos esos requisitos, se demanda en juicio ejecutivo: mandamiento de pago, embargo y, si no hay oposición válida, remate. Más detalles del procedimiento en cobro de deudas.

Cheques

El cheque protestado también permite cobrar por la vía ejecutiva, notificando judicialmente el protesto. Su plazo es breve: la acción ejecutiva prescribe en un año desde el protesto (artículo 34 del DFL 707). Lo explicamos en cómo cobrar un cheque protestado.

Qué necesitamos de usted

Cuánto cuesta

La primera reunión es la consulta, de $35.000, que se descuentan íntegramente de los honorarios si nos encarga el caso. En ella revisamos sus documentos y le decimos si hay caso y qué se puede pedir con fundamento. Después le entregamos la propuesta de honorarios por escrito, como explicamos en honorarios.

Preguntas frecuentes

El cliente reclamó la factura después de los ocho días. ¿Vale?

Si no reclamó dentro de los ocho días corridos siguientes a la recepción, la factura se tiene por irrevocablemente aceptada respecto de su contenido y de la entrega.

No tengo el recibo firmado. ¿Puedo cobrar igual?

Puede servir la guía de despacho con el recibo. Y si venció el plazo para reclamar sin reclamo, la ley presume que la mercadería se entregó o el servicio se prestó. Lo revisamos caso a caso.

Mi cliente es una gran empresa que paga a noventa días. ¿Es legal?

Si usted es una empresa de menor tamaño, por regla general no se puede pactar un plazo superior a treinta días en su contra. Las cláusulas que demoran indebidamente el pago no producen efecto.

¿Quién lleva el caso?

Javier Andrés Díaz Gurruchaga, abogado, con oficina en el centro de Viña del Mar. Le atiende el abogado que firma la demanda y comparece a la audiencia.

¿Su caso se parece a esto? Conversémoslo.

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