Contratos comerciales: compraventa de mercaderías y suministro de servicios
Abogado responsable: Javier Díaz Gurruchaga · Actualizado en
Vender mercaderías o prestar servicios a otras empresas sin un contrato escrito, o con uno copiado de internet, es dejar al azar lo que pasa cuando algo sale mal: un despacho atrasado, un producto que no cumple, un cliente que no paga. Un buen contrato comercial anticipa esos problemas y define cómo se resuelven.
Redactamos y revisamos en Viña del Mar, Valparaíso y Quilpué contratos de compraventa de mercaderías, suministro, distribución y prestación de servicios entre empresas.
Revisemos lo que necesita
Indique un correo válido: ahí le responderemos.
Sus datos serán tratados por Javier Andrés Díaz Gurruchaga (Soluciones Legales Viña del Mar) para responder su consulta y evaluar su asunto, a su solicitud. Evite incluir datos de salud o de otras personas si no es indispensable. Si no hay encargo, los suprimimos a los 6 meses. Derechos: contacto@slvm.cl. Más información en la Política de Tratamiento de Datos Personales.
Marque las dos casillas para enviar por correo.
WhatsApp se abre con estos datos ya escritos; por correo, nos llegan a contacto@slvm.cl. Nada se guarda en esta página.
Lo que la ley dice si el contrato calla
El Código de Comercio suple lo que las partes no pactaron, y no siempre como usted querría:
- Si no se fijó plazo, el vendedor debe tener las mercaderías a disposición del comprador dentro de las veinticuatro horas siguientes al contrato, en el lugar donde estaban (artículo 144).
- Si las mercaderías no se individualizaron, basta entregarlas sanas y de regular calidad (artículo 145).
- El comprador que examina y recibe sin protesta no puede reclamar después de la calidad o la cantidad (artículo 158). Si vienen embaladas, debe hacer reserva expresa y reclamar dentro de tres días (artículo 159).
- Si no se fijó plazo de pago, el precio se paga al momento de la entrega (artículo 155).
- La factura debe pagarse dentro de un máximo de treinta días y se tiene por aceptada si no se reclama en ocho días (Ley 19.983, artículos 2 y 3).
Lo que conviene pactar
- La descripción precisa de las mercaderías o servicios, con especificaciones y estándares de calidad.
- Plazos y lugar de entrega, quién asume el transporte y el riesgo.
- El procedimiento de recepción: cómo y en qué plazo se revisa y se reclama.
- Precio, reajustes, forma y plazo de pago, e intereses por atraso.
- Multas por atraso o incumplimiento: la cláusula penal se puede exigir sin probar el perjuicio (artículos 1535 y 1542 del Código Civil).
- Garantías, responsabilidad y sus límites.
- Duración, renovación y causales de término anticipado.
- Confidencialidad y, si corresponde, exclusividad.
- Cómo se resuelven las controversias: tribunales ordinarios o arbitraje.
Si su cliente es un consumidor final, rige además la Ley del Consumidor, que deja sin efecto las cláusulas abusivas.
Qué necesitamos de usted
- Una descripción del negocio y de lo que se vende o presta.
- Las cotizaciones, órdenes de compra o borradores que ya existan.
- Los datos de las partes y de sus representantes.
- Los problemas que ha tenido antes con clientes o proveedores.
Cuánto cuesta
La primera reunión es la consulta, de $35.000, que se descuentan íntegramente de los honorarios si nos encarga el caso. En ella revisamos sus documentos y le decimos si hay caso y qué se puede pedir con fundamento. Después le entregamos la propuesta de honorarios por escrito, como explicamos en honorarios.
Preguntas frecuentes
¿Basta con la orden de compra y la factura?
Sirven para probar la venta, pero dejan muchas preguntas sin respuesta: plazos, calidad, multas, término. Para relaciones comerciales continuas conviene un contrato marco.
¿Puedo cobrar una multa si el proveedor se atrasa?
Sí, si se pactó una cláusula penal. Se puede exigir sin necesidad de probar el perjuicio.
¿Me conviene pactar arbitraje?
Depende del monto y de la relación. El arbitraje puede ser más rápido y especializado, pero tiene costos propios. Lo evaluamos con usted.
¿Quién lleva el caso?
Javier Andrés Díaz Gurruchaga, abogado, con oficina en el centro de Viña del Mar. Le atiende el abogado que firma la demanda y comparece a la audiencia.
¿Su caso se parece a esto? Conversémoslo.