Amenazas: cuándo son delito y qué hacer
Abogado responsable: Javier Díaz Gurruchaga · Actualizado en
Un mensaje que dice «te voy a matar», una advertencia sobre su familia o su casa, alguien que saca un cuchillo en una discusión. La ley castiga las amenazas serias y verosímiles de causar un mal, y más severamente si se exige algo a cambio. Tanto si las recibió como si lo acusan de haberlas hecho, la prueba es lo central.
Asumimos en Viña del Mar, Valparaíso y Quilpué la representación de víctimas y la defensa de imputados en causas por amenazas.
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Qué dice la ley
El Código Penal distingue:
- Amenaza de un mal que constituye delito —matar, herir, quemar una casa—, hecha seriamente a una persona o a su familia, en su persona, honra o propiedad, siempre que por los antecedentes parezca verosímil que se cumpla (artículo 296). La pena es mayor si se hizo exigiendo una cantidad o imponiendo una condición, y más aún si el autor consiguió su propósito.
- Amenaza de un mal que no constituye delito, pero hecha exigiendo algo o imponiendo una condición (artículo 297).
- Amenazar con armas blancas, o sacarlas en una riña sin motivo justo, es además una falta (artículo 494, número 4).
En un contexto de violencia intrafamiliar, rigen además reglas especiales y medidas de protección.
Si recibió amenazas
- Guarde la prueba: capturas de pantalla con fecha y número, audios, correos, testigos.
- Denuncie en Carabineros, la PDI o la Fiscalía.
- Pida medidas de protección: la víctima tiene derecho a solicitarlas frente a hostigamientos o amenazas (artículo 109 del Código Procesal Penal).
- Si quiere intervenir activamente, puede querellarse.
Si lo acusan
La amenaza debe ser seria y verosímil: no lo es una frase dicha en un contexto que nadie podía tomar en serio. Esos elementos se discuten con la prueba. No declare sin abogado. Vea defensa penal.
Qué necesitamos de usted
- Las capturas, audios o mensajes, sin editar.
- El número de la causa (RUC), la denuncia o la citación.
- Los datos de testigos.
Cuánto cuesta
La primera reunión es la consulta, de $35.000, que se descuentan íntegramente de los honorarios si nos encarga el caso. En ella revisamos sus documentos y le decimos cuál es su situación y qué opciones tiene. Después le entregamos la propuesta de honorarios por escrito, como explicamos en honorarios.
Preguntas frecuentes
¿Una amenaza por WhatsApp es delito?
Puede serlo. El medio no importa: lo que importa es que la amenaza sea seria y verosímil. Guarde los mensajes y el número.
¿Me pueden dar una orden de alejamiento?
La víctima puede pedir medidas de protección. Una vez formalizada la investigación, el tribunal puede prohibir al imputado acercarse a ella o a su familia.
La amenaza fue en medio de una discusión. ¿Igual es delito?
Depende de si fue seria y verosímil según los antecedentes. Una frase dicha sin posibilidad real de cumplirse puede no constituir delito; lo define la prueba.
¿Quién lleva el caso?
Javier Andrés Díaz Gurruchaga, abogado, con oficina en el centro de Viña del Mar. En materias penales trabajamos con abogados asociados dedicados a esa área, y la conducción del caso sigue con nosotros: usted mantiene un solo interlocutor.
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