Delitos sexuales: derechos de la víctima y defensa
Abogado responsable: Javier Díaz Gurruchaga · Actualizado en
Los delitos sexuales son de los más graves que contempla la ley y de los más difíciles de vivir para una víctima: el proceso exige contar los hechos, someterse a peritajes y enfrentar una audiencia. Para quien es acusado, las penas son altas y la investigación descansa muchas veces en el relato y en pericias. En ambos casos, la asistencia de un abogado desde el comienzo es decisiva.
Asumimos en Viña del Mar, Valparaíso y Quilpué la representación de víctimas como querellantes y la defensa de imputados en causas por delitos sexuales, con reserva.
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Sus datos serán tratados por Javier Andrés Díaz Gurruchaga (Soluciones Legales Viña del Mar) para responder su consulta y evaluar su asunto, a su solicitud. Evite incluir datos de salud o de otras personas si no es indispensable. Si no hay encargo, los suprimimos a los 6 meses. Derechos: contacto@slvm.cl. Más información en la Política de Tratamiento de Datos Personales.
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Los delitos
El Código Penal contempla, entre otros:
- Violación: acceder carnalmente a una persona mayor de catorce años usando fuerza o intimidación, cuando está privada de sentido o no puede oponerse, o abusando de su enajenación o trastorno mental (artículo 361). Respecto de menores de catorce años, siempre es violación (artículo 362).
- Estupro: el acceso carnal a una persona menor de edad, pero mayor de catorce años, abusando de una perturbación mental, de una relación de dependencia —custodia, educación, cuidado o trabajo—, de su grave desamparo o de su inexperiencia sexual (artículo 363).
- Abuso sexual: una acción sexual distinta del acceso carnal, realizada abusivamente en las mismas circunstancias, o mediante sorpresa u otra maniobra sin consentimiento (artículo 366).
Plazos
Cuando la víctima era menor de edad al momento de los hechos, la acción penal por estos delitos no prescribe (artículo 94 bis), si los hechos ocurrieron desde el 18 de julio de 2019. Para hechos anteriores sigue rigiendo el antiguo artículo 369 quáter: en general, el plazo de prescripción empieza a correr cuando la víctima cumple dieciocho años. Si la víctima era adulta, rige la regla general: los crímenes prescriben en diez años y los simples delitos en cinco (artículo 94); pero el abuso sexual del primer inciso del artículo 366, aunque es un simple delito, prescribe en diez años (artículo 94 bis).
Por regla general, para proceder por estos delitos se necesita que la persona ofendida o su representante hayan denunciado; tratándose de menores de edad, rigen reglas especiales (artículo 369).
Si usted es víctima
Puede denunciar en la Fiscalía, Carabineros o la PDI, pedir medidas de protección y querellarse para intervenir activamente: pedir diligencias, acusar y recurrir. También puede demandar la indemnización de los daños. Lo acompañamos en cada etapa, cuidando su privacidad.
Si lo acusan
No declare sin abogado y no tome contacto con la persona denunciante. La defensa debe revisar el relato, las pericias y la forma en que se obtuvieron. Vea control de detención y defensa penal.
Qué necesitamos de usted
- El número de la causa (RUC), la denuncia o la citación, si existen.
- Un relato de los hechos, con fechas, que tratamos con reserva.
- Los mensajes, registros o documentos relacionados.
Cuánto cuesta
La primera reunión es la consulta, de $35.000, que se descuentan íntegramente de los honorarios si nos encarga el caso. En ella revisamos sus documentos y le decimos cuál es su situación y qué opciones tiene. Después le entregamos la propuesta de honorarios por escrito, como explicamos en honorarios.
Preguntas frecuentes
Ocurrió hace muchos años, cuando era menor. ¿Todavía puedo denunciar?
Depende de la fecha. Si era menor de edad y los hechos ocurrieron desde el 18 de julio de 2019, la acción penal no prescribe. Si son anteriores, el plazo de prescripción empezó a correr, en general, cuando usted cumplió dieciocho años, y hay que revisar si ya transcurrió.
¿Tengo que volver a contar todo muchas veces?
La ley procura evitar la revictimización, especialmente en niños, niñas y adolescentes. Con un abogado querellante puede pedir que se cuide la forma en que se toman las declaraciones.
¿La causa es reservada?
Pedimos las medidas de reserva que correspondan para proteger su identidad y su privacidad.
¿Quién lleva el caso?
Javier Andrés Díaz Gurruchaga, abogado, con oficina en el centro de Viña del Mar. En materias penales trabajamos con abogados asociados dedicados a esa área, y la conducción del caso sigue con nosotros: usted mantiene un solo interlocutor.
¿Su caso se parece a esto? Conversémoslo.