Delitos violentos: homicidio, femicidio, parricidio y secuestro
Abogado responsable: Javier Díaz Gurruchaga · Actualizado en
Una imputación por homicidio, femicidio, parricidio o secuestro es de las más graves que contempla el Código Penal: las penas pueden llegar a presidio perpetuo, y la prisión preventiva se pide con frecuencia desde la primera audiencia. Para las familias de las víctimas, el proceso es también el lugar donde se busca verdad y justicia.
Asumimos en Viña del Mar, Valparaíso y Quilpué la defensa de imputados y la representación de víctimas como querellantes en estos delitos.
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Los delitos
- Homicidio: matar a otro. Es calificado si concurre alevosía, premio o promesa remuneratoria, veneno, ensañamiento o premeditación conocida (artículo 391).
- Parricidio: matar, conociendo las relaciones que los ligan, al padre, la madre, un hijo, otro ascendiente o descendiente, o a quien es o ha sido su cónyuge o conviviente (artículo 390).
- Femicidio: el homicidio de una mujer por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, tiene o ha tenido un hijo con ella o una relación de pareja (artículo 390 bis), o el cometido en razón de su género (artículo 390 ter).
- Homicidio en riña: cuando no consta quién causó la muerte, pero sí quiénes causaron lesiones graves (artículo 392).
- Secuestro: encerrar o detener a otro sin derecho, privándolo de libertad; la pena aumenta si se pide rescate, si dura más de veinticuatro horas o si causa un daño grave (artículo 141).
Por qué importa la defensa desde el inicio
En estos casos, la investigación descansa en peritajes, testigos y registros que se producen en los primeros días. La defensa debe intervenir desde la primera actuación (artículo 8 del Código Procesal Penal): revisar la legalidad de la detención, discutir las medidas cautelares, pedir diligencias y controlar la prueba.
Si usted es la familia de la víctima
Puede querellarse, pedir diligencias, ser oída antes de que se suspenda o termine el procedimiento, e impugnar un sobreseimiento o una absolución (artículo 109 del Código Procesal Penal). También puede demandar la indemnización de los daños.
Si hay una detención o una citación
No declare sin abogado: tiene derecho a guardar silencio. Avísenos de inmediato para asistir a la audiencia de control de detención.
Qué necesitamos de usted
- El número de la causa (RUC) y el tribunal, si lo sabe.
- Un relato de lo ocurrido y los datos de testigos.
- Antecedentes de arraigo del imputado: domicilio, trabajo, familia.
Cuánto cuesta
La primera reunión es la consulta, de $35.000, que se descuentan íntegramente de los honorarios si nos encarga el caso. En ella revisamos sus documentos y le decimos cuál es su situación y qué opciones tiene. Después le entregamos la propuesta de honorarios por escrito, como explicamos en honorarios.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo homicidio que femicidio?
No. El femicidio es una figura propia, con penas más altas, cuando el autor es un hombre y la víctima una mujer en las relaciones o circunstancias que la ley describe.
¿Siempre se decreta la prisión preventiva?
No siempre, pero en estos delitos se pide con frecuencia. La defensa discute los requisitos y propone medidas alternativas.
¿Puede la familia de la víctima tener un abogado propio?
Sí. Puede querellarse con un abogado de su confianza, que interviene junto a la Fiscalía y con independencia de ella.
¿Quién lleva el caso?
Javier Andrés Díaz Gurruchaga, abogado, con oficina en el centro de Viña del Mar. En materias penales trabajamos con abogados asociados dedicados a esa área, y la conducción del caso sigue con nosotros: usted mantiene un solo interlocutor.
¿Su caso se parece a esto? Conversémoslo.